Discurso y realidades sobre el pluralismo cultural en el sistema de justicia: el caso de sujetos indígenas en procesos penales en el estado de Campeche.

Autores/as

  • Artemia Fabre Zarandona

Resumen

Como puede observarse en el caso del Estado de Campeche, aunque hay cambios constitucionales y de actitud de algunos defensores de oficio, en México persiste el desconocimiento de los derechos colectivos de los pueblos indígenas o siguen en entredicho. Fundamentalmente porque no se toma en cuenta la lógica cultural, de tal manera que los indígenas quedan reducidos al común de los sectores pauperizados a quienes supuestamente se les reconoce derechos ciudadanos dentro de un sistema de poder monolítico y pretendidamente universal. En consecuencia no se reconocen formas singulares de juzgar y entender el delito y las sanciones, y en tal sentido, se niega el debido proceso.

 

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Citas

AGUILÓ BONET, Jesús. Hermenéutica diatópica, localismos globalizados y nuevos imperialismos culturales: orientaciones para el diálogo intercultural. Cuadernos Interculturales. Año 8, Nº 14. Primer Semestre 2010, pp. 145-163, en: http://www. redalyc.org/articulo.oa?id=55217005009

BARTOLOMÉ, Miguel (1996). Pluralismo cultural y redefinición del Estado en México. Brasilia: Departamento de Antropología, Universidad de Brasilia/CESPE/UNB (Serie Antropológica, nº 210).

_______. (2001). Etnias y naciones. La construcción civilizatoria en América Latina, en: Diario de Campo, Boletín de la Coordinación Nacional de Antropología, (México), INAH, marzo, pp. 3 – 18.

CLAVERO, Bartolomé (1997). Multiculturalismo y monoconstitucionalismo de la lengua castellana en América, en: Gómez, Magdalena (comp.). Derecho Indígena. México: INI/AMNU, pp. 65-112.

CONVENCIÓN AMERICANA SOBRE DERECHOS HUMANOS (1969). San José, Costa Rica, 7 a 22 de noviembre, en: http://www.oas.org/ juridico/spanish/tratados/b-32.html [consulta: septiembre de 2010].

CRUZ RUEDA, Elisa (2011). Eólicos e inversión privada: El caso de San Mateo del Mar, en el Istmo de Tehuantepec, Oaxaca, en: The Journal of Latin American and Caribbean Anthropology, vol. 16, nº 2, pp. 257-277.

______. (2013). Derecho a la tierra y el territorio: demandas indígenas, Estado y capital en el Istmo de Tehuantepec, en: Sierra, María Teresa; Hernández, Rosalva Aida & Sieder, Rachel (eds.) Justicia indígena y Estado. Violencias contemporáneas. México: FLACSO/CIESAS, pp. 341-382.

DECLARACIÓN DE LAS NACIONES UNIDAS SOBRE LOS DERECHOS DE LOS PUEBLOS INDÍGENAS (2007), 13 de septiembre, en: http://www2.ohchr.org/spanish/issues/indigenous/decla ration.html [consulta: septiembre de 2010].

DIARIO OFICIAL DE LA FEDERACIÓN (2001), Reforma al Artículo 2º de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, 14 de agosto, en http://www.diputados. gob.mx/LeyesBiblio/ref/dof/CPEUM_ref_151_14ago01.pdf [consulta: marzo de 2011].

DOMINGO BARBERÁ, Elia (2003). El derecho frente al pluralismo en América Latina, en: Saskab. Revista de discusiones filosóficas desde acá. Cuaderno 5, ISSN 2227-5304, en: http://www.ideaz-institute.com/sp/CUADERNO2/C52.pdf

FABRE ZARANDONA, Artemia (2005). Libertad religiosa y colisión de sistemas jurídicos. Los pueblos indígenas y el Estado mexicano. México: Universidad Autónoma Metropolitana Unidad Iztapalapa. (Tesis de doctorado).

FERRAJOLI, Luigi (2002). Derechos y garantías. Ley del más débil. 3ª ed. Madrid: Trotta. (Col. Estructuras y Procesos. Serie: Derecho).

MUTUA, Makau W. (2008). Human Rights: A Political and Cultural Critique. Filadelfia: University of Pennsylvania Press.

OLIVÉ, León (1999). Multiculturalismo y pluralismo. México: Paidós/UNAM-Facultad de Filosofía y Letras. (Biblioteca Iberoamericana de Ensayos, nº 6).

PANIKKAR, Raimon (1990). Sobre el diálogo intercultural. Salamanca, España: Editorial San Esteban.

PÉREZ PORTILLA, Karla (2001). Aproximaciones al concepto de “minoría”, en: Valadés, Diego. Derechos humanos. Memoria del IV Congreso Nacional de Derecho Constitucional III. México: IIJ/UNAM, pp. 245–264 (Serie Doctrina Jurídica, nº 64).

______. (2002). La nación mexicana y los pueblos indígenas en el Artículo 2º constitucional, en: Carbonell, Miguel & Pérez Portilla, Karla (coords.). Comentarios a la Reforma Constitucional en materia indígena. México: Instituto de Investigaciones Jurídicas UNAM.

SÁNCHEZ BOTERO, Esther (1992). Peritazgo Antropológico. Una forma de conocimiento, en: El otro derecho, nº 2. Bogotá: ILSA, pp. 18-25.

SANTOS, Boaventura de Sousa (1991). Una cartografía simbólica de las representaciones sociales: prolegómenos a una concepción posmoderna del derecho, en Estado, Derecho y luchas sociales. Bogotá: ILSA, pp. 213–242.

______. (1995). Towards a New Common Sense. Law, Science and Politics in the Paradigmatic Transition. New York: Routledge.

______. (1998). La globalización del derecho. Los nuevos caminos de la regulación y la emancipación. Bogotá: ILSA, en: http://ilsa.org.co:81/biblioteca/dwnlds/otras/otpb24 /otpb24-02.pdf

______. (2009). Sociología jurídica crítica. Para un nuevo sentido común del derecho. Bogotá: Instituto de Servicios Legales Alternativos, ILSA.

______. (2001). Para una concepción multicultural de los derechos humanos, en: http://www.boaventuradesousasantos.pt/media/pdfs/Concepcao_multicultural_direitos_humanos_ContextoInternacional01.PDF

______. (2002). Hacia una concepción multicultural de los derechos humanos, en: El otro derecho, nº 28. Julio 2002. Bogotá: ILSA, en: http://webiigg.sociales.uba.ar/grassi/ textos/Sousa_DDHH.pdf

TUBINO, Fidel (2009). Entre la hermenéutica y el multiculturalismo, en: http://www.web islam.com/articulos/36935-entre_la_hermeneutica_y_el_multiculturalismo_1_de_3. html; http://www.webislam.com/articulos/36968-entre_la_hermeneutica_y_el_multicul turalismo _2_de_3.html; http://www.webislam.com/articulos/36976-entre_la_hermeneu tica_y_el_multiculturalismo_3_de_3.html.

VALADÉS, Diego (2001). Problemas constitucionales del Estado de derecho. México: UNAM. (Serie Estudios Jurídicos, nº 4).

VILLORO, Luis (1999). Estado Plural. Pluralidad de culturas. México: Paidós/UNAM.

ORGANIZACIÓN DE LAS NACIONES UNIDAS. Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos (1966). Resolución 2200 A (XXI), de 16 de diciembre, en http://www2. ohchr.org/spanish/law/ccpr.html [consulta: septiembre de 2010].

ORGANIZACIÓN INTERNACIONAL DEL TRABAJO (OIT) (1989). Convenio 169 sobre pueblos indígenas y tribales, en: http://www.ilo.org/public/spanish/region/ampro/lima/publ/conv -169 /convenio.shtml [consulta: julio de 2010].

SUPREMA CORTE DE JUSTICIA. México. (2013). Protocolo de actuación para quienes imparten justicia en casos que involucren derechos de personas. SCJN.

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Publicado

2018-06-19

Cómo citar

Fabre Zarandona, A. (2018). Discurso y realidades sobre el pluralismo cultural en el sistema de justicia: el caso de sujetos indígenas en procesos penales en el estado de Campeche. Mopa Mopa, 1(23). Recuperado a partir de https://revistas.udenar.edu.co/index.php/rmopa/article/view/3908